Convocatoria pública para la concesión de subvenciones
destinadas al fomento de la participación juvenil en el año 2015
(versíon para descargar en este enlace)
Por la presente convocatoria se inicia
el procedimiento para la concesión en
régimen de concurrencia competitiva de las subvenciones que a continuación se
expresan y cuyo contenido es el siguiente:
A) Bases
reguladoras y diario oficial en que
están publicadas:
Aprobadas por acuerdo del Pleno
Municipal de 10 febrero de 2006, Boletín Oficial de la Provincia de 9
de marzo de 2006.
B) Crédito
presupuestario al que se imputa la subvención y cuantía total máxima de las
subvenciones convocadas:
El crédito presupuestario asignado a
la presente convocatoria asciende a 55.250
€, con cargo a la aplicación presupuestaria 10.231.2.480.00, destinada a
actividades juveniles.
C) Objeto,
condiciones y obligaciones:
C.1.
Objeto:
Las subvenciones convocadas tienen por
objeto la promoción del asociacionismo juvenil mediante el apoyo económico a
los gastos desembolsados por la entidad desde el 1 de Enero de 2015 hasta el 31
de Diciembre de 2015.
Las entidades que se presenten a esta
convocatoria no podrán presentarse a las otras convocatorias de subvenciones
del Área de Bienestar Social y Familia a excepción de las que se convoquen para
prestar apoyo al desarrollo y a la ejecución de acciones cuyo objetivo sea la
mejora de la empleabilidad en el municipio de Valladolid.
- Los
gastos estarán directamente relacionados con las actividades de las entidades, las cuales han de tener como
objetivos la promoción y el desarrollo de la juventud, el fomento del ocio
y tiempo libre, actividades formativas, etc.
- Los
Proyectos deberán responder a las siguientes finalidades y objetivos del
Plan Municipal de Juventud de la ciudad de Valladolid:
I. Que promuevan el interés de los
jóvenes por la formación, la cultura, la educación en valores, las iniciativas
solidarias.
II. Que incida en el fomento de la emancipación juvenil en todos sus ámbitos,
así como su participación en la vida comunitaria.
III. Que fomenten la igualdad de oportunidades
incorporando la perspectiva de género en sus líneas de actuación.
IV. Que desarrollen en sus proyectos
acciones del Plan contra la violencia de género con carácter general o
destinadas a colectivos de mujeres en situación de especial vulnerabilidad
(exclusión social, discapacidad minorías étnicas inmigrantes, mujeres víctimas
de explotación sexual……)
V. Que se comprometan con el desarrollo
sostenible.
VI. Que incluyan la educación para el
desarrollo entre sus líneas de actuación.
VII. Que consideren la interculturalidad
como un valor esencial de los mismos.
VIII. Que aborden la discapacidad como un
valor integrador y solidario.
IX. Proyectos de ocio y tiempo libre que
favorezcan las alternativas de diversión
saludable mejorando la calidad de vida de los jóvenes de la ciudad.
3. Gastos no
subvencionables: los gastos ligados a la adquisición o reparación de equipamiento
(bienes de carácter inventariable)..
C.2.
Condiciones:
Los proyectos presentados para el
desarrollo de los programas se desarrollarán en el término municipal de
Valladolid y tendrán como destinatarios la población infantil – juvenil de Valladolid
hasta 30 años de edad.
Cada entidad solicitante sólo podrá
ser beneficiaria de una subvención por proyecto, siendo el límite de la
subvención que puede concederse 2.100,00 €.
Quedan excluidas del ámbito de aplicación de las
presentes Bases las siguientes actividades:
I.- Aquellas
actividades que no se encuadren dentro del objeto de esta línea de subvenciones.
II.- Programas de los que estén excluidas
personas que no sean socias de la entidad.
III.- Programas que contengan actividades
docentes previstas en los planes de las enseñanzas regladas.
IV.-Programas que contengan viajes,
actividades e intercambios que estén desprovistos de valor cultural, formativo
o asociativo.
V.- Programas que no favorezcan la
igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
VI.-
Actuaciones que esté desarrollando directamente el Ayuntamiento u otras
Administraciones Públicas, entre las que se encuentran los talleres en centros
educativos destinados al alumnado y Ampas.
C.3. Obligaciones de las entidades subvencionadas:
1.- La entidad subvencionada se
compromete a admitir la presencia y a facilitar la información que le sea
requerida por los servicios técnicos municipales de la Concejalía de Bienestar
Social y Familia encargados del seguimiento y evaluación de las subvenciones
2.- Cualquier cambio en el proyecto
subvencionado será solicitado mediante instancia dirigida a Alcaldía con una
antelación de al menos diez días a la fecha de realización de la actividad
modificada, informando sobre las siguientes circunstancias: actividad,
calendario, lugar de realización, profesionales y responsables de la actividad.
3.- La entidad queda obligada a hacer
constar explícitamente, en la publicidad de las actividades subvencionadas, la
colaboración de la Concejalía de Bienestar Social y Familia del Excmo.
Ayuntamiento de Valladolid; y
presentar, con carácter previo a la
realización de las actividades programadas, documentación relativa a la
publicidad de las mismas. La entidad se compromete a no utilizar publicidad
sexista ni discriminatoria en ningún formato que utilice para la difusión de
las actividades y/o los programas subvencionados.
4.- La entidad beneficiaria deberá
cumplir con el objetivo y ejecutar el proyecto subvencionado.
5.- La entidad beneficiaria deberá
pertenecer al buscador asociativo Web “ON
JOVEN” comprometiéndose a mantener
actualizados los datos del mismo, con la periodicidad que desde el Centro de
Programas Juveniles se establezca. Y a colaborar activamente en la difusión y
promoción del mismo.
6.- A participar activamente en todos
los programas e iniciativas que, en materia de juventud, organice y convoque el
Ayuntamiento de Valladolid.
7.- A mantener activa una dirección de
correo y número de teléfono, evitando en la medida de lo posible su
modificación. (si se diera un cambio), a comunicarlo de forma inmediata al
Centro de Programas Juveniles, dj@ava.es)
D) Procedimiento
de concesión: Régimen
de concurrencia competitiva.
E) Requisitos
para solicitar la subvención y forma de acreditarlos.
1. Podrán ser beneficiarios del ámbito de aplicación de
las presentes subvenciones las
entidades privadas sin ánimo de lucro que en la fecha de solicitud reúnan los
siguientes requisitos:
1.1.- Asociaciones Juveniles que estén
legalmente constituidas y posean Código de Identificación Fiscal.
1.2.- Secciones Juveniles de
cualesquier otros colectivos sociales, políticos o sindicales que estén
legalmente constituidos, cumplan los requisitos establecidos en el art. 52.2 de
dicha Ley y tengan reconocidos estatutariamente autonomía funcional,
organizativa y gobierno propio.
1.3.- Tener sede abierta o contar con
delegación en Valladolid.
1.4.- Estar al corriente de sus obligaciones
tributarias con el Ayuntamiento de Valladolid, la Hacienda Pública y la
Seguridad Social.
1.5.- Estar inscrita en el Registro
Municipal de Asociaciones o, en el caso de no tener forma jurídica asociativa,
en el registro que corresponda de la Comunidad Autónoma.
1.6. Las entidades habrán de contar al
menos con veinte socios
2. Quedarán excluidas de este procedimiento de concesión
de subvenciones todas aquellas entidades que:
2.1.- No hayan justificado ayudas económicas concedidas en el ejercicio anterior
por este Ayuntamiento o se hallen incursas en un procedimiento de reintegro o
sancionador iniciado en el marco de un procedimiento de subvenciones por el
Ayuntamiento de Valladolid.
2.2.- Aquéllas
que no cumplan los requisitos establecidos en las Bases.
2.3.- Las que sean beneficiarias de
subvenciones nominativas instrumentadas en convenios de colaboración con el
Ayuntamiento de Valladolid para el
desarrollo de actuaciones en el mismo sector de actividad, que se dirijan a los
mismos objetivos.
2.4.- Aquellas que utilicen publicidad
sexista y/o discriminatoria en la difusión de los programas y actividades
subvencionadas.
2.5.- Aquellas entidades que no estén
al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal y con el
Ayuntamiento de Valladolid, así como con la Seguridad Social.
F) Órganos
competentes para la instrucción y resolución del procedimiento.
Órgano
instructor: Centro de Programas Juveniles
Órgano
competente para resolver: Alcalde
Comisión
de Valoración. Será el órgano colegiado encargado de la valoración de las solicitudes presentadas, que elevará propuesta de
resolución al órgano competente para resolver. La comisión de valoración estará
formada por:
Presidenta: Concejala Delegada General de Bienestar Social y Familia.
El Interventor del Ayuntamiento o funcionario en quien
delegue.
La Directora del Área o funcionario en quien delegue.
El jefe del Centro de Programas Juveniles.
Asistirá a las deliberaciones de este órgano un
representante de cada uno de los Grupos municipales.
La
Comisión podrá recabar el asesoramiento e informes que considere oportunos y
realizar de oficio cuantas actuaciones de comprobación considere oportunas a
efectos de llevar a cabo la evaluación de las solicitudes presentadas.
G) Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de
presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a partir de la fecha de
publicación de un extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la
Provincia.
H) Plazo
de resolución y notificación.
El plazo de resolución es de tres
meses. Las solicitudes presentadas en tiempo y forma y no resueltas
expresamente dentro de dicho plazo, se entenderán desestimadas.
I) Documentos
e informaciones que deben acompañarse a la petición.
1. Las solicitudes se dirigirán al Excmo.
Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Valladolid, conforme al modelo que
se establece en el Anexo I, y se presentarán en el Registro General del
Ayuntamiento de Valladolid, o por cualquiera de las formas previstas en el Art.
38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
2. A la solicitud se adjuntarán los
siguientes documentos:
a)
Copia del Código de Identificación Fiscal.
b)
Copia
de los Estatutos vigentes de la
Entidad, y en su caso, de posibles modificaciones y de la inscripción en el
Registro que corresponda, en atención a lo señalado en la base primera.
c)
Fotocopia del último acta donde figure la actual Junta directiva
d) Certificado bancario del número de cuenta
donde se ha de ingresar, si procede, la subvención solicitada.
e) Proyecto
para el que solicita la subvención, el cual incluirá, en un máximo de 15 folios
(fuente Arial 11, interlineado 1,5), los
siguientes apartados:
– fundamentación, objetivos,
actividades, calendario de ejecución de las mismas,
– beneficiarios, financiación, evaluación prevista,
publicidad.
– Aquellas entidades que no hubieran
solicitado subvención el año anterior deberán presentar Memoria de las
actividades desarrolladas durante ese año (máximo, 20 folios, fuente Arial 11,
interlineado 1,5).
f) Declaración responsable de estar al
corriente con las obligaciones de la Seguridad Social, o en su caso de
inexistencia de personal contratado. Anexo II
g) Certificado de estar al corriente con
las obligaciones de la Agencia Tributaria y del Ayuntamiento de Valladolid. En
caso de que los correspondientes certificados
no acompañaran a la solicitud, la
presentación de ésta conllevará la autorización al Ayuntamiento de Valladolid
para recabar estos certificados de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23.3
de la Ley General de Subvenciones.
h) Certificado del Secretario de la
Entidad, con el Visto Bueno del Presidente, de la fecha y el acuerdo tomado por
el órgano competente respecto a la presentación de la solicitud a esta convocatoria.
Anexo III
En el caso de que los documentos
señalados en los apartados a y b obren en poder de la administración municipal,
y en caso de no adjuntarse, deberá indicarse fecha y órgano en el que fueron
presentados.
J) En
su caso, posibilidad de reformulación de solicitudes.
No se admite.
K) La
resolución pone fin a la vía administrativa. Sí.
L) Criterios
de valoración de las solicitudes.
Las subvenciones se
concederán por orden de puntuación, conforme a los siguientes criterios de
valoración no siendo subvencionables aquellos proyectos que
no alcancen al menos 50 puntos en la valoración total de los mismos:
Criterios |
||
1. |
Diseño |
Hasta 35 puntos |
2. |
Entidad |
Hasta 25 puntos |
3. |
Nivel |
Hasta 15 puntos |
4. |
Iniciativas, |
5 puntos |
5. |
Transversalidad |
Hasta 10 puntos |
6. |
Nivel |
Hasta 10 puntos |
En la presente convocatoria, se podrá
otorgar una “Mención Especial”, al proyecto que resulte más innovador. (Tal y como indica el
tercer Plan Municipal de Juventud Ciudad de Valladolid 2012/2015).
A) Medio
de notificación o publicación.
Se efectuará notificación
individualizada a cada entidad beneficiaria y en el Tablón de anuncios de la
Casa Consistorial, con indicación de los beneficiarios y cuantías concedidas.
Las notificaciones y requerimientos
individuales que, por correo ordinario certificado, resulten fallidos una vez,
serán publicados en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial. El
Ayuntamiento de Valladolid se reserva la potestad de publicar también dichos
requerimientos en su pagina WEB o en cualquier otro soporte de difusión.
B) En su caso, posibilidad de pagos anticipados o pagos a cuenta y su
régimen de garantías.
Se abonará un único anticipo del 100 %
de la subvención concedida, liberándose a las entidades subvencionadas del
establecimiento de garantías.
C) Porcentaje
del coste del proyecto subvencionado que, como máximo, puede cubrir la
subvención. Y compatibilidad, en su
caso, con otras ayudas.
1. La cuantía máxima de cada subvención no podrá superar el 75% del coste del
proyecto de actividades, financiando la entidad solicitante el 25% restante,
con fondos propios o mediante otras subvenciones públicas.
2. La concesión de estas
subvenciones será compatible con otras subvenciones públicas o privadas concedidas para el mismo
fin, siempre que la cuantía total de las ayudas no supere el 100% del coste de
la actividad que se subvenciona.
D) En
su caso, porcentaje admitido de gastos indirectos. 15%.
Se consideran gastos indirectos:
– El alquiler de local.
– Los suministros para el mantenimiento del mismo (luz,
gas, agua, teléfono, material de oficina…)”
E) El
beneficiario podrá subcontratar con terceros la actividad subvencionada en un
porcentaje que podrá alcanzar el 50%
F) Forma
y plazo de justificación.
1. El plazo de presentación de la justificación finalizará el 31 de
diciembre de 2015.
2. La entidad deberá
justificar la totalidad de la subvención concedida por el Ayuntamiento de Valladolid más la
cofinanciación de la entidad.
3. La justificación
de la subvención se realizará mediante la presentación, en el Registro General
del Ayuntamiento, de la siguiente documentación:
Ø
Memoria
de las actividades realizadas, especificando cada una de ellas, modificaciones
si las hubiera y evaluación. Máximo, 20 folios
Ø
Copia
del material de difusión de las actividades en el que aparezca la publicidad
del Ayuntamiento como cofinanciador.
·
Relación
de ingresos y gastos.
·
Documento
resumen encabezando la justificación con la relación pormenorizada de todas las
facturas y suma de los importes.
·
Previamente
a su presentación en el Registro General, se presentarán las facturas
originales y copias de las mismas a efectos de ser compulsadas en el Servicio
de Atención a la Familia y Formación. En las facturas originales que sirvan
para justificar el importe subvencionado por el Ayuntamiento de Valladolid, se
estampillará un sello indicando que la factura ha sido justificada en este
Ayuntamiento. En las copias de las facturas se estampillará el sello de
cotejado.
·
Las
facturas deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 6 del Real
Decreto 1619/2012 de 30 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento por el
que se regulan las obligaciones de facturación,
deberán tener fecha del ejercicio 2014
en la misma deberá constar el recibí del expedidor o, en su defecto se
aportará justificante bancario de la efectividad del pago o si hubiera sido
realizado mediante cheque se aportará fotocopia del mismo junto con la
documentación bancaria del cargo realizado.
Ø
En
el caso de facturas emitidas por profesionales, la entidad deberá practicar la
retención del IRPF correspondiente e incorporar en la justificación el
documento de ingreso de dicha cantidad en Hacienda.
Ø
Las facturas de comidas y manutención
correspondientes a actividades de ocio y tiempo libre subvencionadas se
presentarán acompañadas de un informe en el que se haga constar:
–
Número
de personas que participaron en la actividad.
–
Explicación
pormenorizada de las actividades y gastos.
Ø No se admitirán facturas correspondientes a
gastos de combustible de vehículos privados (salvo que éstos sean propiedad de
la entidad) ni de pago de dietas y viajes a ponentes, conferenciantes, etc.
Otros
documentos que a fin de acreditar los términos del hecho o actividad
subvencionable fueses requeridos.
G) Criterios
de graduación de los posibles incumplimientos, así como las consecuencias de
los mismos:
Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del
interés de demora desde el momento del pago de la subvención, en la cuantía
legalmente establecida y previa tramitación de expediente, en los supuestos de
anulación de la subvención y en los siguientes casos:
I.- Incumplimiento de la obligación de justificación en el plazo que se
estableciere, siempre que no se atienda el requerimiento que necesariamente
deberá efectuar la administración municipal.
II.- Obtención de la subvención sin
reunir los requisitos establecidos.
III.- Incumplimiento de la finalidad para la que la subvención fue
concedida.
IV.- Incumplimiento de las obligaciones impuestas a las asociaciones
colaboradoras y beneficiarias con motivo de la concesión de la subvención.
V.- Negativa por parte del beneficiario a las actuaciones de control
establecidas por parte del Ayuntamiento para comprobar el cumplimiento de la
finalidad de la subvención.
VI.-
Utilización de publicidad sexista y/o discriminatoria en la difusión de los
programas y actividades subvencionadas.
T) Protección de datos
Los datos personales aportados en
esta solicitud podrán ser incorporados a
un fichero con la finalidad de la tramitación y gestión de su solicitud de
subvención y ayudas, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica
15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal.
Los datos de los solicitantes
podrán ser trasladados a la Agencia Estatal de Administración Tributaria,
conforme establece la normativa reguladora de las subvenciones, a efectos de
acreditar hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones
tributarias.
Así mismo se podrán ejercer los
derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición previstos por la
Ley, mediante escrito dirigido al responsable del fichero, Ayuntamiento de
Valladolid.
U) Condición suspensiva
La eficacia de las resoluciones que recaigan
queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y
suficiente en el ejercicio presupuestario
del Ayuntamiento de Valladolid para el año 2015.
ANEXO I
SOLICITUD DE SUBVENCION DESTINADA AL FOMENTO DE LA PARTICIPACIÓN
JUVENIL EN EL AÑO 2015
D./Dña.: |
|||
En |
|||
En |
|||
C.I.F: |
Teléfono: |
Correo |
|
Domicilio |
|||
EFECTÚO LA |
|||
Acordó en fecha …………………………………………………………………………… |
|||
Cuenta con |
|||
No realiza |
|||
Está al corriente |
|||
No ha solicitado |
|||
Que de ser …………………………………………………………………………………………………………… |
|||
EN NOMBRE DE LA al Ayuntamiento |
|||
Valladolid, a de de ………
Firma:
EXCMO. SR. ALCALDE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID.-
ANEXO II
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE ESTAR
CORRIENTE DE LAS OBLIGACIONES CON LA SEGURIDAD SOCIAL
D/Dª………………………………………………………………….con
domicilio a efectos de notificación en…………………………………………………………………………………………………
En su propio nombre o como
representante legal de
Dª/D…………………………………………………………………………con
DNI……………………………………y domicilio en
…………………………………………………………………………………………………………………….
DECLARA estar al corriente
del cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social impuestas por las
disposiciones vigentes.
En Valladolid, a …….. de
……………………… de 20…
Firma y sello de la entidad
ANEXO III
D_________________________________________________________
en calidad de Secretario de la Asociación______________________________________________
con CIF nº___________________
CERTIFICO:
Que
en sesión del órgano ___________________________________, celebrada con fecha
________________________, se acordó presentar a la convocatoria de subvenciones
de entidades privadas sin ánimo de lucro para la realización de programas de
fomento de la participación juvenil en el ejercicio 2015 ,una solicitud de
subvención de _________________euros,
para el programa___________________________,
Valladolid, a _________________________________
Vº EL |
EL |
Fdo.__________________________________ |
Fdo.____________________________________ |
Anexo a incorporar en la presentación del proyecto
INICIATIVAS SOLIDARIAS
NOMBRE DEL |
DEFINICIÓN |
Nº DE |
EDUCACIÓN PARA EL DESARROLLO
NOMBRE DEL |
DEFINICIÓN |
Nº DE |
NOMBRE DEL |
DEFINICIÓN |
Nº DE |
COMPROMISO CON EL DESARROLLO SOSTENIBLE
NOMBRE DEL |
DEFINICIÓN |
Nº DE |
INTERCULTURALIDAD
NOMBRE DEL |
DEFINICIÓN |
Nº DE |
INICIATIVAS SOLIDARIAS
NOMBRE DEL
REALIZADO |
DEFINICIÓN
DEL |
Nº DE
QUE HAN |
M H |
||
v
En la
columna de participantes
v
M =
mujeres – H= hombres
EDUCACIÓN PARA EL DESARROLLO
NOMBRE DEL
REALIZADO |
DEFINICIÓN
DEL |
Nº DE
QUE HAN
|
M H |
||
IGUALDAD DE OPORTUNIDADES EN LA PERSPECTIVA DE GÉNERO
NOMBRE DEL
REALIZADO |
DEFINICIÓN
DEL |
Nº DE
QUE HAN |
M H |
||
PLAN CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO
NOMBRE DEL
REALIZADO |
DEFINICIÓN
DEL |
Nº DE
QUE HAN |
M H |
||
COMPROMISO CON EL DESARROLLO SOSTENIBLE
NOMBRE DEL
REALIZADO |
DEFINICIÓN
DEL |
Nº DE
QUE HAN |
M H |
||
INTERCULTURALIDAD
NOMBRE DEL
REALIZADO |
DEFINICIÓN
DEL PROYECTO |
Nº DE
QUE HAN |
M H |
||
DISCAPACIDAD
NOMBRE DEL
REALIZADO |
DEFINICIÓN
DEL |
Nº DE
QUE HAN |
M H |
||
|
||